Ser polítike en un Chile constituyente
Por MatiVal Cortez y Emilia Schneider Videla
Sólo 11 países del mundo cuentan con protección constitucional contra la discriminación por orientación sexual.1 En ellas se explicita la «orientación sexual» como categoría protegida parte del derecho a la no discriminación. Solo en Ecuador, se extiende a la identidad de género, y al «derecho a tomar decisiones libres e informadas sobre su sexualidad, vida y orientación sexual», incluyéndose la confidencialidad sobre la vida sexual y el deber y responsabilidad de respetar y reconocer las diversas orientaciones sexuales e identidades de género.
En Chile, la prohibición de discriminación a personas LGBT de la ley antidiscriminación2 sólo establece un procedimiento civil entre privados y una agravante penal, careciendo de un aparataje institucional que la entienda como un problema público, que se enfrenta con políticas públicas que constituyan verdaderos dispositivos de protección y mecanismos de erradicación de la discriminación impulsados desde el Estado.
La nueva Constitución no resolverá todos los problemas que vive nuestro país, se necesitarán años de adecuación legislativa para que se concreten las transformaciones sobre la institucionalidad que demandan los movimientos sociales. Por ello, la protección constitucional a personas LGBTIQA+ tampoco implicará una inmediata mejora de su calidad de vida, pero lograrlo supondrá un hito histórico, que irradiará a todas las instituciones, incluidas las futuras sentencias de les jueces.
1 ILGA Mundo: Lucas Ramón Mendos. “Homofobia de Estado 2019: Actualización del Panorama Global de la Legislación”. Ginebra, Suiza: ILGA Mundo, diciembre de 2019. https://ilga.org/downloads/ILGA_World_Homofobia_de_Estado_Actualizacion_Panorama_global_Legislacion_diciembre_2019.pdf. https://ilga.org/es/informe-homofobia-estado. P. 90-91.
2 República de Chile Ministerio Secretaría General de Gobierno, “Ley 20.609 que establece medidas contra la discriminación” (2012), http://bcn.cl/1uyqt.
Pero, así como hoy no es dable hablar o decidir sobre mujeres sin ellas, tampoco es aceptable que se siga hablando o decidiendo sobre las disidencias sin nosotres, y pese a que celebramos que 8 convencionales sean lesbianas, gays o pansexuales, lamentamos profundamente que personas trans y no binarias no hayan llegado a la Convención. Chile perdió la oportunidad histórica de ser el primer proceso constituyente que les reconociese como parte de la riqueza de la diversidad de nuestra población. Si bien el sistema electoral usado busca favorecer proyectos políticos por sobre figuras individuales; las candidaturas trans y no binarias que obtuvieron votaciones inéditas, quedaron fuera por la re-aplicación del sistema D’Hondt dentro de los pactos. Esto privilegió el arrastre en listas de partidos, resultando electes militantes con votaciones bastante menores. Esto malogra la representatividad e ignora la urgente necesidad de reducir los obstáculos a la participación política que enfrentamos poblaciones históricamente discriminadas.
Aparte de les convencionales LGB, no hemos sido reconocides como parte de los procesos históricos de ampliación democrática, como fueron la lucha por el voto y los derechos políticos de las mujeres, los derechos políticos de sectores populares, entre otras importantes transformaciones del siglo XX. Por tanto, el ejercicio del poder o la incidencia en la política, nos parece ajeno, una prácticao reservado para BBVAC: varones blancos, burgueses, adultos y cisheterosexuales3.
3 Inspirades en la sigla BBVA usada en Amaia Pérez Orozco, “Amenaza tormenta: la crisis de los cuidados y la reorganización del sistema económico”, Revista de economía crítica, no 5 (2006): 7–37, https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=1972567, p. 29.
la protección constitucional a personas LGBTIQA+ tampoco implicará una inmediata mejora de su calidad de vida, pero lograrlo supondrá un hito histórico, que irradiará a todas las instituciones, incluidas las futuras sentencias de les jueces.

Una primera respuesta que se ha dado la población LGBTIQA+ ante esto ha sido la “asimilación” tanto de nuestras demandas, como de nuestras identidades, cuerpas y conductas, a aquellas que sí encajan en ESE espacio público BBVAC, de modo que nuestro movimiento parezca lo más masculino, ortodoxo, ordenado e inocuo posible. Y dado que esto ha ocurrido en otras partes del mundo,4 esas estrategias de asimilación han colonizado las formas chilenas de hacer política desde la «diversidad sexual».
Esto ha ocurrido con las homomasculinidades dentro del movimiento LGBT, dirigidas a la supuesta mayor eficacia de la incidencia política de activistas con estilos de liderazgo y organización más patriarcales. Esta estrategia se desenvuelve muy bien en la democracia liberal, adaptándose a los manierismos machistas de las elites, encerrada en los márgenes de la influencia institucional, sin construir fuerza social ni cuestionar los consensos impuestos, buscando pequeños espacios para una agenda poco radical. Esta crítica, aunque precisa, no logra desenredar la complejidad del nudo homolesbotrans-feminista acerca del espacio político de las disidencias. La cisheterosexualidad obligatoria no sólo ha reprimido en las colas, trans y lelas su deseo de poder, sino que ha limitado incluso las expectativas que nosotres somos capaces de imaginar colectivamente respecto de nuestro rol como sujetes polítiques en la ciudadanía.
4 Véase la reflexión sobre el origen del movimiento queer en Nueva York en Ehn Nothing, “Reinas contra la sociedad”, en “S.T.A.R.”, Acción Travesti Callejera Revolucionaria: supervivencia, revuelta y lucha trans antagonista (Madrid: Imperdible, 2015).
Lo anterior se ve agudizado por la invisibilización de la historia de las disidencias sexogenéricas tanto en los partidos, como en las instituciones, en los medios y en todo nivel educacional, espacios en que colas, trans y lelas sufren bullying y discriminación, tanto del profesorado como del estudiantado.5 Pareciera que la exigencia de educación no sexista o de educación sexoafectiva integral fuere una demanda demasiado escandalosa como para que, además, pidamos ser incluides en los libros de historia, en los programas académicos, en la Constitución o, al menos, en alguna fecha conmemorativa. Esto supone un obstáculo para repensar nuestro rol como movimiento social y como sujetes polítiques con vocación de transformación y poder.
Resulta reveladora la explicación del sociólogo chileno Friedler sobre el panorama nacional reciente de nuestro movimiento, sobre los “desacuerdos epistemológicos” entre el paradigma de los derechos y el paradigma libertario o disidente: el primero se circunscribiría a estrategias graduales de ampliación de la ciudadanía sexogenérica, a través de legislaciones y políticas públicas antidiscriminatorias en la democracia liberal, lo que supondría para el segundo paradigma una problemática intervención estatal, aún mayor, en la regulación de los cuerpos, restringiendo las expresiones sexogenéricas que no se ajustan al binarismo de género propio del Derecho.6 Las estrategias asimilacionistas del primer paradigma se manifiestan en la priorización de la demanda del matrimonio igualitario, que replica el modelo monogámico cisheteronormado de familia; mientras que por otro lado, el activismo libertario apostaría más por intervenciones contraculturales como la performance callejera.
5 Véase gráfico 14 en Asociación OTD Chile, “Informe sobre Encuesta T – Primera encuesta para personas trans y de género no conforme en Chile” (Santiago de Chile, octubre de 2017), https://otdchile.org/biblioteca/encuesta-t-2/ , p. 23.
6 Sergio Friedler, “IX: Entre el Paradigma de Derechos y el Paradigma Libertario”, en Derechos humanos, diversidad sexual y políticas públicas en América Latina, ed. Ximena Erazo et al. (Santiago: LOM Ediciones, 2015).
Esto ha ocurrido con las homomasculinidades dentro del movimiento LGBT, dirigidas a la supuesta mayor eficacia de la incidencia política de activistas con estilos de liderazgo y organización más patriarcales. Esta estrategia se desenvuelve muy bien en la democracia liberal, adaptándose a los manierismos machistas de las elites, encerrada en los márgenes de la influencia institucional, sin construir fuerza social ni cuestionar los consensos impuestos, buscando pequeños espacios para una agenda poco radical.

Recientemente, esta distinción ha adquirido notoriedad pública por la contraposición entre el concepto de diversidad sexual y el de disidencia sexogenérica. Varies les han quitado la pota a la jeringa a la hora de definir ambos, pero van algunas aproximaciones: el mismo Friedler, citando a Rivas San Martín, define disidencia sexual como «una apuesta crítica a las políticas que gobiernan nuestros cuerpos, subjetividades y todas las representaciones que marcan su impronta sobre ellos [y] busca ir más allá de la simple visibilización de la problemática que inscribe a ciertos cuerpos como minoritarios o excluidos».7 Antes, Héctor Salinas definía el movimiento de la disidencia sexual como «actores, organismos civiles e incluso movimientos relacionados con cualquier actividad, preferencia, identidad u orientación sexo-genérica distinta a la establecida por la norma heterosexual».8 Gabriela González es más incisiva al significar disidencia como una intención de tomar distancia de lo establecido para construir relaciones diversas, dando cuenta de un espectro más amplio de conductas sexuales respecto de la heterosexualidad normativa. También afirma que las organizaciones LGBTI han sido consideradas «de clase media y alta, racistas, con una visión occidental de las diferentes posturas de género y sexuales, y que comercializan la lucha de los disidentes sexuales y genéricos empobrecidos y racializados a través de posturas festivas, que dejan de lado reivindicaciones políticas de las diversas formas de disidencia sexogenérica».9 En la misma línea, Antonio Calibán Catrileo va más allá, denunciando la incapacidad, tanto de la diversidad como de las disidencias sexuales, de hacerse cargo de la colonialidad del género10.
7 Ibídem.
8 Héctor Miguel Salinas Hernández, Políticas de disidencia sexual en México (Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación – CONAPRED, 2008), p. 19.
9 Gabriela González Ortuño, “Teorías de La Disidencia Sexual: De Contextos Populares a Usos Elitistas. La Teoría Queer En América Latina Frente a Las y Los Pensadores de Disidencia Sexogenérica”, De Raíz Diversa. Revista Especializada En Estudios Latinoamericanos 3, no 5 (junio de 2016): 179–200, http://dx.doi.org/10.22201/ppela.24487988e.2016.5.58507. P. 181.
10 Véase Antonio Calibán Catrileo Araya, Awkan epupillan mew: dos espíritus en divergencia, Pehuén Editores (Santiago, Chile, 2019), p. 97-98.
En resumen, las disidencias sexuales y de géneros visibilizan la cisheterosexualidad como régimen político, mientras que la idea de diversidad sexual homogeniza el infinito espectro de identidades que pretende abarcar, diluyendo sus especificidades, y naturalizándonos como la otredad frente a la norma cisheterosexual11. El movimiento de la diversidad sexual, al presentar a la heterosexualidad y a la cisgeneridad como opciones neutras dentro de un abanico supuestamente libre y amplio de identidades que ofrece nuestra experiencia social, invisibiliza la nuclear constatación de que el actual modelo de vida promueve y legitima estilos de vidas cisheterosexuales, a través de la educación, de los medios y la cultura, con la consecuente discriminación, pobreza y violencia que recae sobre disidentes sexogenériques. Aunque creemos que ambos enfoques confluyen al enfrentar el cisheteropatriarcado; es hora de dar un paso más ante la proliferación de comisiones y espacios autodenominados como disidentes dentro de universidades, activismos jóvenes y de fuerzas transformadoras o revolucionarias, de modo que no sólo sean expresión de un compromiso formal de la izquierda con nuestras poblaciones y comunidades, sino que se traduzcan en una garantía de la convicción real de dichos espacios con los enfoques lesbo-transfeministas, que repercutan en las estructuras institucionales y lineamientos políticos sobre el poder.
11 Cf. Marcela Gonzalez Barrientos et al., “Diversidades sexuales y de género: Lógicas y usos en la acción pública.”, Psicoperspectivas. Individuo y Sociedad 17, no 1 (15 de marzo de 2018), https://doi.org/10.5027/psicoperspectivas-Vol17-Issue1-fulltext-1315. P. 1.
MatiVal Cortez
Activista génerofluide, socie y asesor jurídique de la Unidad de Legislación y Políticas Públicas de la OTD Chile. Egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y ayudante de investigación de su Centro de DD.HH. Relator en el Diplomado «Derechos Humanos, no discriminación y políticas públicas» de la Fundación Henry Dunant. Encargade de la oficina de Diversidad y No Discriminación de la Municipalidad de Ñuñoa
Emilia Schneider
Activista trans y feminista, parte de la organización OTD Chile. Estudiante de último año en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Ex dirigenta estudiantil, primer mujer trans en ser presidenta de la FECH en 2019. Ex candidata constituyente